lunes, 7 de febrero de 2011

VENEZUELA: NUEVAS RESTRICCIONES A LA DEMOCRACIA


Venezuela divide las aguas de opinión en América latina. Para muchos, Chávez es un héroe. Es la última versión del mítico líder latinoamericano anti-imperialista, cuyas ediciones anteriores incluyen a Castro y los Sandinistas. A estos regímenes no corresponde evaluarlos por sí mismos; basta que ostenten la imagen de revolucionarios.

En estas páginas he escrito dos veces, en el último año, criticando medidas del gobierno de Chávez. Como señalé en el segundo de esos blogs, nunca había recibido tantos insultos como los que postearon en el primero de mis comentarios críticos sobre el presidente de Venezuela. En otra columna que escribí más tarde, sobre un tema diverso, un bloguista ironizó: "¿Cómo? ¿nada contra Chávez?".

Bueno, ahora tendrán ocasión de disparar de nuevo, porque en este blog deploro que Chávez haya añadido nuevas restricciones a la democracia, en aras de la construcción de su declarado proyecto socialista (La papelería oficial del gobierno y el parlamento exhibe la leyenda: Socialismo o muerte: Venceremos).

La primera de ellas consiste en un proyecto de ley aprobado esta semana, en primera discusión. Se denomina Ley para la Protección de la Libertad Política y Autodeterminación Nacional. Como en el Newspeak de la novela "1984", de George Orwell, el contenido es precisamente el contrario: socavar la libertad política.
El artículo 1 se propone proteger el ejercicio de la soberanía política y la autodeterminación nacional de la injerencia extranjera, "que mediante ayudas económicas o aportes financieros destinadas a organizaciones con fines políticos, dedicadas a la defensa de los derechos políticos o personas naturales que realicen actividades políticas, puedan atentar contra la estabilidad y funcionamiento de las instituciones de la República". Los representantes del oficialismo han declarado que organizaciones de la sociedad civil venezolana (ONGs) reciben apoyo del "imperialismo" para desestabilizar al gobierno y fraguar un golpe de estado.

Conozco a muchas de dichas organizaciones y sus representantes. Me consta que numerosos de sus trabajadores tuvieron inicialmente simpatía por el gobierno de Chávez o por algunas de sus medidas. Me consta también que, consecuentes con sus objetivos de defender derechos fundamentales, han denunciado, crecientemente y con valentía, medidas de persecución y de restricción de las libertades políticas.

Como bien se sabe, en nuestros países es muy raro hallar fundaciones u otras instituciones donantes que financien actividades de organizaciones de la sociedad civil. La mayor parte de éstas recibe aportes de entidades europeas, canadienses, estadounidenses e incluso de otras latitudes. No del "imperialismo", como se pretende por parte de sus detractores venezolanos, y menos para apoyar actividades sediciosas o violentas. Sin donaciones desde esas entidades, las organizaciones de la sociedad civil de Venezuela no podrán funcionar.

Una medida más general, de dudosa raigambre democrática, por decir lo menos, se acaba de aprobar en Venezuela. Consiste en una "Ley Habilitante" por un año. Esto requiere de una explicación. Años atrás la oposición venezolana cometió un craso error: negarse a participar en elecciones parlamentarias. El resultado fue un congreso enteramente controlado por Chávez. En septiembre de este año hubo nuevas elecciones parlamentarias, esta vez con candidatos de la oposición. El resultado fue parejo. Sin embargo, debido a un rediseño de las circunscripciones electorales, fueron elegidos muchos más chavistas que miembros de la oposición.

En todo caso, para no enfrentar debates en el parlamento que pronto asumirá, el Presidente Chávez solicitó y obtuvo del parlamento que ya está terminando su período y que él controla, una ley que lo autoriza para legislar por decreto por un año. Durante ese período, el nuevo parlamento será más bien decorativo. La ley habilitante declara que las facultades que le entrega al presidente le permitirán actuar en relación con la emergencia generada en Venezuela por las lluvias. No obstante, las áreas en las cuales Chávez podrá legislar por decreto incluyen, entre otras, las siguientes: ordenación territorial; seguridad ciudadana y jurídica; seguridad y defensa integral de la Nación; cooperación internacional y sistema socio-económico de la Nación. Nada menos….

En la Venezuela de hoy, la revolución (o lo que pasa por tal) justifica los medios.

lunes, 20 de septiembre de 2010

200 AÑOS: DOS GRANDES TAREAS PENDIENTES


Hay una docena de tratados de Naciones Unidas contra el terrorismo. Estos convenios no contienen una definición de terrorismo sino que se limitan a enumerar las conductas que se consideran como tales.

Sin embargo, los especialistas académicos coinciden en una noción general, según la cual los actos terroristas reúnen las siguientes características: (a) Se usa o amenaza usar la violencia contra civiles o de modo indiscriminado; (b) el fin es ideológico, sea político, religioso o de otro tipo; (c) se procura atacar indirectamente a los Estados, tratando de que hagan concesiones o bien que reaccionen desmedidamente y ello permita a los hechores reclutar nuevos adeptos; (d) a fin de lograr aquello, se busca que los actos tengan amplia cobertura noticiosa.

Dadas estas características, no todo empleo de la violencia con fines ideológicos o de protesta puede ser calificado de terrorista. El que algún acto violento no sea terrorista no lo hace necesariamente legítimo. A veces puede serlo, como, por ejemplo, la rebelión armada frente a una tiranía, si se trata del último recurso disponible. Pero más frecuentemente, cuando existe violencia no terrorista, se tratará de un delito común o bien de un crimen de guerra.

Los delitos contra la propiedad, como la ocupación de fundos o el incendio, a los cuales han recurrido algunas organizaciones mapuches, pueden tener un propósito político, pero no por ello son necesariamente terroristas, contrariamente a lo que establece la ley chilena. El resultado de esta calificación excesiva es que las penalidades son mucho más elevadas que las que acarrearía aplicar el Código Penal.

Se concluye que la violencia ejercida por grupos mapuches para hacer valer sus reivindicaciones no es legal; no obstante, no se justifica castigar siempre los incendios que han perpetrado como delitos terroristas.

El punto más de fondo, por supuesto, es el de la desidia del Estado chileno, por décadas y siglos, de cara a los derechos de pueblos indígenas. Frente a sus demandas, éste siempre ha reaccionado tardía e insuficientemente. Por ello es explicable, aunque no sea justificable, que debido a la exasperación que tal actitud histórica provoca en grupos mapuches, éstos recurran a la violencia. Si bien el Estado no puede renunciar a aplicar la ley, no cabe duda que ha sido inaceptablemente remiso tanto en cambiar la legislación como en abordar a tiempo las demandas de pueblos indígenas tan larga e injustamente postergadas.

Sucede, entonces, lo que se sabe desde antiguo: cuando un problema ineludible no se enfrenta en condiciones de relativa normalidad, se terminará encarando en un clima de emergencia. En el caso de nuestro país, la emergencia consiste, por supuesto, en la prolongada huelga de hambre que han sostenido, con peligro sus vidas, numerosos mapuches privados de libertad. Habla muy mal de nuestro sentido de justicia que las principales preocupaciones parezcan ser la imagen de Chile en el exterior y la posibilidad de que mueran huelguistas coincidiendo con las fechas de celebración del Bicentenario.

En situaciones normales, el Estado no debería ceder ante la presión. Pero esta situación no es normal. Ya es hora que Chile reconozca una injusticia ancestral contra los mapuches y se abra a un diálogo de verdad. El objetivo de éste sería lograr un acuerdo nacional para enmendar agravios históricos. Que tal diálogo llegue a ser posible merced a extremas medidas de presión, es en gran parte responsabilidad de la sociedad y el Estado chilenos. Por supuesto, si se logra acuerdo, se enfatizaría apropiadamente el respeto futuro al principio de autoridad y de observancia de la ley. No obstante, tratar de hacerlo a toda costa, sin mediar un reconocimiento de responsabilidades del Estado, en nombre de la necesidad de no sentar precedentes, sería equivocado. El verdadero precedente que hay que evitar es que el Estado se aferre a las formas, negándose a enfrentar sus culpas.

domingo, 5 de septiembre de 2010

NUNCA TRAICIONARIA A MI COMANDANTE



Imagine que Ud. se halla sometido a un proceso penal que se inició debido a una acusación pública en contra suya por parte del presidente de su país. Suponga, ahora, que el juez a cargo del proceso ha declarado, abierta y fervorosamente, su adhesión irrestricta al mismo presidente.

La conclusión es evidente: dicho juez no es imparcial y no puede estar a cargo del proceso. Esto es lo que sostiene el abogado de la jueza venezolana María Lourdes Afiuni, a quien me he referido en un blog anterior. Ella está encarcelada desde hace meses, enjuiciada por supuestos actos de corrupción, luego que el Presidente Chávez la inculpara públicamente, en cadena de radio y televisión, pidiendo para ella las más altas penas. El juez a cargo del asunto se llama Alí José Paredes.

En noviembre pasado, este juez Paredes hizo unas declaraciones en un boletín del PSUV, el partido de Chávez. Manifiesta allí, textualmente: “… déjenme decirle que nunca traicionaría a este proceso ni mucho menos a mi comandante porque llevo la revolución en la sangre y de verdad me duele mi pueblo…”.

Naturalmente, el juez tiene derecho a sus ideas, pero la misma Constitución de Venezuela prohíbe a los jueces llevar a cabo activismo político. Aparte de ello, el principio más elemental de imparcialidad dicta que no puede ser juez de una causa alguien que declare su adhesión a ultranza a la autoridad más interesada en que se castigue a la inculpada (autoridad que, por lo demás, no debiera interferir con la justicia ni mucho menos pedir por una cadena de medios que se condene a una persona).

No me consta la inocencia de la jueza Afiuni y no tiene por qué constarle a nadie. La ley presume inocente a las personas. Le toca a una justicia independiente decidir fehacientemente si son culpables o inocentes, luego de un proceso justo, esto es, un juicio tramitado, entre otros requisitos, con independencia judicial.

El juicio contra la jueza Afiuni estaba programado para el 10 de agosto. Su abogado acaba de recusar al juez por su falta de imparcialidad. Escribo esto porque ya comenté anteriormente su caso y me parece que la parcialidad del juez es una evidencia más de que la justicia en Venezuela no es independiente.

Permítanme anticipar algunas reacciones:

“¡Otra vez habla de Venezuela! ¿Por qué no escribe sobre otras injusticias más graves en otros países?”. (Lo hago todo el tiempo, para los que tienen la paciencia de leerme).

“El proceso político de Venezuela se ocupa de quienes siempre fueron postergados y marginados”. (Puede ser, pero ese no es el punto, ya que lo bueno que algunos o muchos puedan pensar que hace el gobierno de Chávez no justifica cualquier medida. Lo crucial en este caso es si se respeta o no el estado de derecho y la propia Constitución del país que, en su letra, es sumamente avanzada, pero sucede que los distintos poderes del Estado no son independientes).

domingo, 1 de agosto de 2010

GABRIEL RUIZ-TAGLE, EL COLO-COLO Y LA CONTRALORÍA


Una caricatura política de los tiempos de Ronald Reagan mostraba al presidente norteamericano en una reunión de gabinete. El Ministro de las Gallinas era un zorro; el Ministro de las Sardinas, un tiburón…

Muchos tienen una parecida imagen caricaturesca sobre los conflictos de intereses en el actual gobierno de Chile. Probablemente es exagerada, pero las medidas del presidente (o la falta de ellas) no ayudan mucho. El hito más reciente en esta saga es un dictamen de la Contraloría acerca de la calidad de importante accionista de Colo-Colo del subsecretario de Deportes, Gabriel Ruiz-Tagle. El documento se pronuncia, asimismo, sobre los nombramientos del Presidente en el área de la televisión, antes de que haya concretado la venta de Chilevisión.

Este es un tema ético y legal, pero susceptible de ser politizado. Conviene, por tanto, analizarlo lógicamente, punto por punto.

1. A la Contraloría le corresponde, entre otras funciones, velar por la legalidad de los actos del Poder Ejecutivo, no por su moralidad. Con todo, en la misma Constitución (que es la ley superior) se consagra el principio general de la probidad.

2. Los principios de moral pública dominantes en cierto momento en un país, suelen coincidir, en buena medida, con el contenido de sus leyes. Así, por ejemplo, en su gran mayoría, los delitos que la legislación sanciona son también condenables a la luz de la moral pública prevaleciente.

3. Sin embargo, y sobre todo en tiempos de veloces cambios sociales, hay muchos puntos socialmente compartidos sobre ética pública que tardan en incorporarse en la ley, sea por la lentitud del proceso legislativo o por diferencias políticas sobre la forma concreta de darles respaldo legal. Esto fue lo que aconteció, en la primera mitad del siglo pasado, con la aceptación del voto de las mujeres (una discusión que hoy nos parece inconcebible). Es, también, lo que ha sucedido, en los últimos años, con la protección del medio ambiente o la probidad pública.

4. Aunque el principio general de probidad está incorporado en la Constitución chilena desde 2005, faltan normas que le den más precisión; por ejemplo, una ley sobre el llamado fideicomiso ciego. Con todo, las autoridades no debieran limitarse sólo a respetar la ley, sino, además, ceñir su conducta, a los principios de ética política ampliamente aceptados en la sociedad.

5. Más aún, en el caso de Gabriel Ruiz-Tagle, desde el punto de vista estrictamente legal - no solamente ético - hay una “situación generadora” de conflictos de intereses. Así lo implica el dictamen de la Contraloría al determinar que el encargado de deportes del gobierno debe abstenerse de tomar decisiones relativas al fútbol. Ruiz- Tagle afirma que ello no afectará su desempeño en el cargo. Esto es insostenible. Se trata, lejos, del deporte con más arraigo en la sociedad chilena. Imaginemos que un ministro de salud dijera que aunque no puede tomar decisiones sobre atención primaria, ello no afecta su labor.

6. No obstante, el dictamen de Contraloría, no buscó despejar “situaciones generadoras” de conflictos sino que concluyó que el conflicto debe materializarse en una decisión determinada. En el caso de Ruiz-Tagle supone, correctamente, que sus decisiones sobre fútbol “materializarían” el conflicto latente. En el caso del Presidente el dictamen declara que las normas generales sobre probidad le son aplicables y que la Contraloría puede examinar futuras decisiones. Sin embargo, no se pronuncia sobre las situaciones suyas que actualmente son generadoras de conflictos de intereses.

7. Discrepo de esta interpretación restrictiva de la Contraloría. Opino que el principio de probidad exige que se eviten las situaciones que generan conflictos, y no esperar que ello se traduzca en decisiones específicas. Aunque el dictamen anticipa que si Ruiz-Tagle tomara decisiones sobre el fútbol habría una colisión de intereses, resulta ingenuo suponer que si, en lugar de él, las adoptara su subalterno inmediato, no habría mayores problemas. Del mismo modo, restringiéndonos al caso de Colo-Colo, si bien el Presidente no se involucra en decisiones específicas sobre deportes, tiene responsabilidad ética al nombrar (o mantener en el cargo) a quien tiene un evidente conflicto de intereses por su calidad de accionista del principal club del deporte más popular, calidad que, además, él comparte.

8. En suma, pienso que Ruiz-Tagle debería vender sus acciones de Colo-Colo o renunciar; y que el Presidente Piñera debería también vender las suyas. Sobre esto ya anticipo algunas objeciones: que si se aplica la vara de la probidad a gobiernos de la Concertación, hay muchos casos que recordar; o bien, que con tanta crítica no se deja trabajar al gobierno… Acerca de lo primero, recordemos que los reproches a unos no invalidan los reproches a otros. Respecto de lo segundo, funciona mejor un gobierno que irradia legitimidad porque acata no sólo la ley, sino también los principios consagrados de ética pública.

viernes, 9 de julio de 2010

RECONOCIMIENTO DEL EJERCITO EN EL CASO PRATS


Largas décadas de angustiosa espera han pasado las hijas y demás familiares de quien fuera comandante en jefe del Ejército, Carlos Prats y de su esposa, Sofía Cuthbert, antes de que la justicia chilena haya dicho, en el día de ayer, su palabra final. Ambos fueron asesinados mediante un ataque terrorista perpetrado en Buenos Aires por agentes del gobierno chileno, en septiembre de 1974.

En esa época, el general Augusto Pinochet nada hizo para investigar lo sucedido ni para honrar a las víctimas, una de las cuales había sido su superior directo. Mal podría haberlo hecho. No tengo dudas de que el asesinato se perpetró por sus órdenes o, al menos, con su asentimiento. Me parece inconcebible que personas sujetas a disciplina jerárquica militar hayan complotado, a sus espaldas, para dar muerte a un ex comandante en jefe. A mi juicio, la renuencia de Pinochet, una vez consumado el crimen, confirma la suposición de su responsabilidad. No se entiende, de otro modo, que no haya movido cielo y tierra para aclarar tal hecho ni haya rendido honores a quien fuera su jefe.

Pasó el tiempo y a partir de 1998, una vez que Pinochet dejó el mando, la dirección superior del Ejército recayó en generales mucho más jóvenes, quienes apenas se iniciaban en la carrera militar al tiempo del golpe de Estado. Desde entonces, se inició un sostenido proceso de reconocimiento de los hechos del pasado y de normalización institucional.

En el 2000, la Mesa de Diálogo en la que participaron las Fuerzas Armadas y de Orden culminó con un reconocimiento de las violaciones de derechos humanos. Esta instancia no alcanzó los resultados esperados en la dilucidación de la suerte o paradero de los detenidos desaparecidos. Sin embargo, tocante al reconocimiento, su declaración abrió paso a sucesivos pronunciamientos en los años siguientes, entre los que destaca el "Nunca Más" del general Juan Emilio Cheyre.

Frente a un legado de graves violaciones de los derechos humanos, el reconocimiento de los hechos por parte de los más relevantes sectores políticos e institucionales es esencial. Tal reconocimiento reafirma los valores transgredidos, rectifica o reitera la doctrina institucional que nunca debió olvidarse, honra a las víctimas y facilita el proceso, inevitablemente largo y gradual, de reconciliación nacional.

Ayer, el Ejército dio un nuevo paso de reconocimiento, específicamente en lo que se refiere al caso de Carlos Prats. Ya anteriormente había reivindicado su memoria y la de su esposa, así como su calidad de ex comandante en jefe. La reciente declaración califica el crimen como se debe: repudia sin ambages a sus partícipes, reitera sus condolencias a la familia y reafirma la sana doctrina institucional.

Sugiere, también, que el atentado no desmiente ni la historia del Ejército ni el compromiso permanente de sus miembros con los principios institucionales. Sobre este punto, hay otras interpretaciones posibles, aunque se entiende que se diga lo que se dijo en el espíritu de enfatizar, positivamente, los valores permanentes de la legalidad y del honor militar. En suma, es un significativo paso institucional que debe ser apreciado.

Sobre la responsabilidad del mando de la época -en este caso, de Pinochet- nada se dice, sin embargo. Se pueden entender las limitaciones que la jefatura de la institución enfrentó a este respecto cuando todavía subsisten resabios de mal entendidas lealtades en la sociedad chilena, incluido el mundo militar. Permanece este punto, entonces, como un paso pendiente de reconocimiento que algún día deberá llegar.

lunes, 5 de julio de 2010

VENEZUELA II: EL CASO DE LA JUEZA AFIUNI


Nunca había recibido tantos insultos como cuando publiqué, hace dos días, un blog sobre la ausencia del estado de derecho en Venezuela. Contesté algunos comentarios en el mismo blog, pero no es ésta la ocasión de seguir dándoles vuelta.

Me interesa, sí, documentar mis afirmaciones con referencia a un caso emblemático, aunque no único: El de la jueza María Lourdes Afiuni.

Antes, corresponde precisar mis opiniones sobre la política en Venezuela:

• No cabe duda que los partidos que antes dominaban la escena política en ese país eran corruptos e ineficaces. El estado de derecho funcionaba en la forma, no en el fondo. La pobreza era abismantemente elevada, más aún para un país rico en recursos.

• También es cierto que Hugo Chávez, luego de su frustrado golpe militar de 1992, ha ganado varias elecciones, a partir de 1999, y que su apoyo ha provenido, principalmente, de los sectores excluidos económica, política y socialmente.

• Una nueva Constitución rige Venezuela desde 1999, luego que Chávez convocó a una Asamblea Constituyente. En la letra, es una Carta Fundamental extremadamente progresista. En la práctica, no hay poderes estatales independientes del gobierno.

• Buena parte de la oposición a Chávez ha cometido graves errores políticos y, a veces, ha utilizado métodos más que cuestionables. Sin embargo, con los años de despilfarro gubernamental, corrupción, autoritarismo apenas velado y demagogia abierta, la oposición ha ido engrosando sus filas con sectores más sensatos, principalmente de la juventud venezolana.

• Es cierto que el gobierno de Chávez ha impulsado amplios programas sociales. La crítica que merecen es que van acompañados de favoritismo y adoctrinamiento, y también que no son sostenibles en el tiempo (dada su costosa e ineficaz administración) a menos que el petróleo alcance precios que difícilmente volverán a verse pronto.

• El Presidente Chávez y sus partidarios creen que la finalidad del “Socialismo del siglo XXI” que declaran perseguir, justifica los medios. No lo admiten así, con todas sus letras. Sus partidarios, en Chile y en otros países, tampoco lo admiten. Debieran hacerlo; sería más honesto, aunque igualmente reprobable a la luz de los principios democráticos.

• Por todo lo anterior, el gobierno de Chávez va estrechando el cerco en torno a la disidencia, Hay numerosos presos políticos, aunque no existan las gruesas violaciones de los derechos humanos que se conocieron en Chile, Argentina u otros países de la región en el pasado. No hay ni un asomo de independencia judicial. La gran mayoría de los jueces tiene nombramientos transitorios y revocables por el gobierno.

Llegamos, así, al caso que deseo destacar: La jueza venezolana María Lourdes Afiuni se halla encarcelada desde el 10 de diciembre de 2009, imputada de ayudar a un banquero a huir del país. Su detención se produjo inmediatamente después de que el presidente la acusara públicamente de corrupción. Una comisión de Naciones Unidas, Amnesty Internacional y Human Rights Watch, consideran su detención políticamente motivada. Se trata de las principales organizaciones internacionales de derechos humanos, cuyos informes fueron invocados tantas veces (y correctamente) por los opositores a la dictadura militar en Chile.

La injusticia social en Venezuela necesita ser corregida. Chávez ha contado con respaldo electoral para enfrentarla. Sin embargo, sus designios y sus métodos no respetan el estado de derecho, ni en la forma ni en el fondo. Si declaramos estar a favor de la democracia y los derechos humanos, estos principios deben aplicarse tanto a los predecesores de Chávez como a su propio gobierno; a Norte, Sur, Este y Oeste; a Honduras y Cuba; a Israel y los países árabes; a Estados Unidos, Rusia y China… La aplicación selectiva demuestra que subordinamos dichos valores a nuestras preferencias ideológicas. Las cosas claras.

¿HAY ESTADO DE DERECHO EN VENEZUELA?


En la segunda mitad del siglo XX, salvo algunos períodos, Venezuela nadaba en dinero. Pese a ello, el sistema democrático funcionaba sólo en lo formal, los índices de pobreza eran muy elevados y los partidos tradicionales (Acción Democrática y COPEI) se repartían el botín estatal con mucho tesón y pocos escrúpulos. El descontento popular crecía. Los militares se embarcaron en un fallido golpe de Estado en 1992. Chávez estuvo preso dos años, fue indultado y luego accedió al poder, en 1999, mediante elecciones libres. La mayoría de la población, tradicionalmente marginada, acogió su discurso de medidas sociales y de grandes reformas. Estas últimas comenzaron por una nueva Constitución, considerada muy progresista. Cambió también el nombre del país, la bandera, el escudo nacional e incluso la hora oficial.

El resto de la historia es bien conocido: Chávez ha buscado ser un protagonista regional e internacional, ha ganado varias elecciones y se ha hecho famoso por su admiración por Fidel Castro, sus osadas declaraciones públicas y sus discursos interminables. También se ha hecho célebre, lamentablemente, por controlar todos los orondos poderes del Estado establecidos en la Constitución y por reprimir a la disidencia.

Las preguntas que se hacen hoy día los observadores internacionales son, entonces, ¿hay democracia en Venezuela?, ¿hay estado de derecho?

¿No bastaría, como creen algunos, que el régimen de Chávez haya llegado al poder por vía electoral (y ganado luego otros varios comicios) para declararlo democrático? A mi juicio, ello es suficiente para reconocer que su gobierno tiene legitimidad democrática de origen, pero no necesariamente de ejercicio. Y esto es así porque en Venezuela no ha subsistido el estado de derecho.

Esta última afirmación exige aclarar conceptos: Se suele distinguir entre estado de derecho de forma y de fondo (o material). El primero supone que las autoridades y las personas están sujetas a la ley y nadie está por encima de ella. La ley debe ser pública, predecible y aplicarse igualmente a todos. El estado de derecho de fondo o material implica, además, que las instituciones y las autoridades estén orientadas hacia el interés público y que se respeten los derechos fundamentales de todos, sin discriminación.

A partir de estas nociones, en Venezuela, antes de Chávez, hubo estado de derecho formal, pero no material. Bajo Chávez no existe estado de derecho en ninguno de las dos acepciones. Léanse las declaraciones del presidente y sus seguidores y se verá que dicho concepto tiene sentido solamente si contribuye a la realización de lo que llaman “Revolución Bolivariana” o “Socialismo del Siglo XXI”. Todos estos personeros no creen en la separación de los poderes del Estado, ni en su autonomía y mutua fiscalización. Les interesan los fines, no los medios.

Desde otros países, incluido Chile, muchos defienden al régimen chavista, sea por su retórica anti-imperialista o por sus programas sociales (los cuales aplauden sin considerar su relación costo-beneficio ni su sostenibilidad). No son pocos los que lo apoyan, en el fondo, porque creen que en aras de fines últimos que consideran justos o deseables, todo está permitido. Bueno, deberían declararlo así abiertamente y no escudarse en el argumento espurio de que en Venezuela hay estado de derecho sólo porque todavía se celebran elecciones.